Certificación de Eficiencia Energética: Qué es y cómo puedes obtenerla

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La certificación de la eficiencia energética de viviendas, locales, y edificios en general se regula mediante el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Las últimas modificaciones a este texto datan del 6 de junio de 2017, y en el mismo podemos consultar todos los aspectos relativos a la certificación energética de edificios en España.

A grandes rasgos podemos decir que es un mecanismo de certificación que entró en vigor el día 6 de abril de 2013 con carácter obligatorio para viviendas de más de 40 m2 y que vayan a estar ocupadas más de 4 meses al año.

El objetivo es obtener la calificación energética de todo el parque de viviendas a nivel nacional, y aunque cualquiera puede solicitar el certificado de su vivienda, lo más usual es que los propietarios lo pidan cuando se disponen a hacer la venta de su vivienda, ya que los registros de la propiedad lo están exigiendo como parte de la documentación necesaria para hacer la inscripción de la escritura de compra-venta. El certificado tiene una validez de 10 años desde la fecha de su emisión.

 

certificado energetico

 

PROCEDIMIENTO PARA SU OBTENCIÓN

 

Deberás seguir los siguientes pasos:

  • Se encarga a un técnico competente, generalmente ingenieros o arquitectos, la realización de este certificado.
  • El técnico tiene la obligación de ir a visitar el inmueble, medirlo, tomar nota de las instalaciones, ventanas, huecos, sombras, dispositivos de protección solar, etc. Llamamos a este procedimiento la “toma de datos”. (Existen algunos profesionales que para abaratar sus precios no acuden a medir la vivienda, no pudiendo recoger datos fiables de la misma. Esto no debe permitirse, puesto que incurren en riesgo de sanciones, tanto el técnico como el propietario).
  • Acto seguido, el técnico hará un trabajo de gabinete en el que calculará la eficiencia energética del inmueble, siempre mediante software habilitado por el ministerio de fomento. Con estos cálculos y los datos que recoge en su visita, emite un certificado de eficiencia energética.
  • Dicho certificado debe registrarse en la Consejería de Industria de cada comunidad autónoma. Este registro conlleva una autorización por parte del cliente al técnico certificador, si éste lo va a hacer en su nombre, y requiere del pago de una tasa fija, que en el caso de la Región de Murcia se puede consultar en el siguiente enlace:

 

Tasa del Registro de Certificados de Eficiencia Energética

 

Una vez obtenido el registro, el técnico certificador entregará al propietario de la vivienda la siguiente documentación:

  • Certificado energético, firmado electrónicamente.
  • Informe de medidas de mejora.
  • Justificante de presentación en la Consejería de Industria.

 

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

 

El técnico necesitará del propietario la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI.
  • Referencia catastral del inmueble (Recibo de IBI o escritura o Certificación catastral).
  • Autorización firmada, aportada por el técnico en el momento de la visita.

 

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